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ACTUALIDAD

El gran problema de la sílice cristalina en las explotaciones minerales

17 Julio 2019

Día que pasa, día que nos acercamos a la fecha clave de enero de 2020 en la cual se tiene que haber completado la transposición de las leyes europeas que regulan la sílice cristalina como un material altamente perjudicial para la salud humana y, por lo tanto, a la fecha tope en la cual las explotaciones de áridos y la industria minera en general tienen que estar totalmente acondicionadas para hacer frente a este elemento considerado como cancerígeno.

Las denuncias de los trabajadores afectados por silicosis a sus empresas empleadoras van a ser ínfimas en comparación con las que van a llevarse a cabo con este cambio de escenario contra todas aquellas explotaciones que no tengan bajo control la emisión de polvo en el lugar de trabajo y a la atmósfera.

El cambio de normativa referente al polvo para el sector minero español obligará a un reacondicionamiento absoluto de las explotaciones en lo referente a este elemento tan incómodo y perjudicial, tanto el que se genera en los frentes, en las pistas, en la planta de trituración o por la acción del viento sobre los acopios.

La manipulación de áridos, en graveras y canteras y en otros tipos de explotaciones mineras genera polvo en las voladuras, en la carga, el acarreo, la trituración, la clasificación, etc. Es decir, durante todo el proceso de arranque y tratamiento de la piedra hasta que se despacha el árido en su granulometría final demandada existe una emisión de polvo a la atmósfera, un elemento con un tamaño muy pequeño, que en función de su naturaleza puede generar daños importantes e irreversibles en los trabajadores de la propia explotación y en los vecinos de las viviendas cercanas a los centros extractivos.

Sin embargo, no todo el árido extraído de las explotaciones tiene sílice en su composición, por lo que el polvo que genera no contiene sílice cristalina. Además, dependiendo de la composición, el porcentaje varía mucho. Una piedra caliza tiene normalmente un porcentaje inferior al 1% de sílice cristalina respirable, mientras que una cuarcita supera el 95%. Por lo tanto, dependiendo del tipo de material que se extrae de una explotación de áridos, los trabajadores estarán más o menos expuestos a la sílice cristalina respirable, pudiendo generarles a futuro trastornos en las vías pulmonares en mayor o menor medida, llegando incluso al fallecimiento en algunos casos.

Generalmente, aunque no siempre es así, los áridos procedentes de rocas ígneas (volcánicas y plutónicas) y metamórficas contienen más sílice que las de origen sedimentario, por lo que su tratamiento generará más sílice cristalina respirable.

Lo que era conocido por muchos e ignorado por otros ha pasado a ser algo totalmente controlado por la Unión Europea. La normativa europea sobre la sílice cristalina hace de este agente cancerígeno un elemento a tener en cuenta en las explotaciones de áridos y la minería en general. La emisión a la atmósfera de polvo que contiene fracción respirable de sílice cristalina ha pasado a ser desde hace unos meses un aspecto de altísimo riesgo en las explotaciones de áridos, y su control de máxima obligación.

Hasta enero del año 2020 las explotaciones mineras afectadas en España deberán haberse adaptado a una normativa muy estricta que recaerá tanto en los trabajadores como en el entorno de extracción y producción de áridos. Es decir, se tiene que controlar el polvo que se genera en las explotaciones de áridos y que se desplaza a las zonas vecinas, afectando de forma directa a las comunidades establecidas alrededor de las canteras, graveras yotras explotaciones a cielo abierto


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