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Estatutos

FIPA - Estatutos de la Federación Iberoamericana de Productores de Agregados - Áridos


NOMBRE Y FORMA JURÍDICA

Se constituye la Federación Iberoamericana de Productores de Agregados (Áridos) – FIPA -, entidad sin ánimo de lucro e integrada por asociaciones, que se regirá por las normas legales en vigor, en especial por la ley 19/1.977 de 1 de Abril, el Real Decreto 873/1.977 de 22 de Abril, la Ley Orgánica 1/85 de 2 de Agosto, y los presentes Estatutos y sus normas de desarrollo.
La FIPA afirma su naturaleza privada y el carácter profesional de sus fines y actividades.

La Federación Iberoamericana de Productores de Áridos (Agregados) – FIPA – goza desde el momento de su constitución de plena personalidad jurídica y capacidad de obrar suficiente para el cumplimiento de sus fines y para la disposición de sus bienes propios y el ejercicio de sus derechos.

Por su propia naturaleza, no tiene fin lucrativo, aún cuando no sea óbice para que, excepcionalmente, realice operaciones onerosas por exigencias de financiación de sus peculiares finalidades.

La Federación integrará a asociaciones u organizaciones españolas, portuguesas y latinoamericanas de de empresas fabricantes de áridos dedicadas a la producción de áridos naturales, reciclados o manufacturados.

Los bienes propios de la Federación pertenecerán a la misma, con independencia del patrimonio de los asociados, y serán administrados con total autonomía.

Por su ámbito territorial, la Federación desarrollará su actividad en España, Portugal y en todos los países de América Latina y del Caribe.

Las lenguas oficiales de la Federación serán el español y el portugués.


DOMICILIO

El domicilio de la Federación será la Plaza de las Cortes 5, 7ª planta, en la ciudad de Madrid, provincia de Madrid, España, pero por su ámbito territorial, la Federación desarrollará su actividad en España, Portugal y en todos los países de América Latina y del Caribe.

El citado domicilio podrá ser trasladado mediante acuerdo de la Asamblea General, dando cuenta de ello, previa comunicación a los federados.

El tribunal competente es el correspondiente al lugar en que está ubicada la sede de la Federación


DURACIÓN

La duración de la Federación será indefinida, y su disolución o la separación voluntaria o forzosa de los asociados se regularán por los presentes Estatutos y la legislación vigente.

El año fiscal coincide con el año civil.


DESCARGAR ESTATUTOS

La FIPA se rige por los Estatutos aprobados por sus miembros.

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